en titulares destacados - Opinion Digital, OpinionDigital.es
Internacional Nacional Economia Ciencia Cultura Opinion Relatos
  Inicio  |  Buscar  |  Busqueda Avanzada  |  Archivo  |  Historico  |  Podcast  |  Aviso Legal  |  Quienes Somos  |  RSS  

Espadañas, Oratorios y Minaretes


Vitoria, 16 de junio de 2011, Javier Otaola, redacción opiniondigital.es, javier.otaola@opiniondigital.es

En España, nuestro imaginario nacional se ha construido contra el moro y sobre la honra del "cristiano viejo" libre de sangre judía, si a eso le sumamos la debilidad de nuestra tradición liberal y democrática –Juan Marichal dixit- se entiende que la hegemonía del catolicismo-romano haya sido absoluta durante siglos, hasta el punto de identificarse con nuestro proyecto nacional de modo que la presencia de minorías religiosas, -judías, protestantes, musulmanas- haya sido tachada de antiespañola y por lo tanto invisibilizada.

La restauracion democrática de 1978 ha traído, como no podía ser de otro modo, la aconfesionalidad del Estado, la libertad de conciencia, la libertad religiosa y de cultos; una lógica consecuencia de esas libertades es que el pluralismo religioso comienza a hacerse notar en nuestras ciudades. Las diferentes comunidades religiosas demandan centros de culto propios, en igualdad de condiciones que el catolicismo-romano, lo que viene dificultado por el peso de la inercia y por la falta de normas claras al respecto; son frecuentes y ruidosas las reacciones de rechazo o de recelo ante la mera posibilidad de que pueda abrirse un centro de culto islámico, cosa que no sucede con la misma frecuencia e intensidad por ejemplo en relación con otras Comunidades religiosas cristianas –protestantes, judíos…-  aunque no falten esporádicos actos de hostilidad, como el acaecido el pasado 23 de mayo en el que unos bárbaros incendiaron durante la noche la centenaria puerta de madera de la Iglesia Catedral del Redentor de la Comunión Anglicana en Madrid, felizmente se detectó a tiempo y pudo evitarse que el fuego se extendiera a todo el edificio.  

Aunque en ocasiones se quiera revestir el rechazo a la apertura de determinados lugares de culto de cierta respetabilidad, alegando  efectos indeseables -supuestos o reales- es difícil ocultar que subyace un temor prejuicioso a la presencia y a la visibilidad de una comunidad que muchos ven como forastera, hostil e inquietante.

No podemos obviar que el prejuicio es una forma burda del razonamiento estadístico y en lo que respecta al Islam no es ajeno al rechazo social la mala imagen que –injustamente- contamina a toda esa comunidad, véase: terrorismo yihadista, falta de libertad religiosa para los cristianos en los países musulmanes, evidente posición subalterna de la mujer y falta de tradición liberal y democrática en el mundo árabe.

El contenido del derecho de libertad religiosa se expresa en el Art. 2 Ley Orgánica de Libertad Religiosa de 1980, e incluye como parte esencial del mismo establecer lugares de culto. La libertad religiosa no puede verse afectada por cuestiones de imagen, criterios de reciprocidad, prejuicios y suposiciones, sino exclusivamente por principios de orden público y por otros derechos fundamentales.

Entre nosotros al no haber una legislación específica referida a los Centros de Culto se ha venido aplicando analógicamente la normativa referida a las asociaciones culturales vinculando cultural a cultual y aplicando a la materia, además de la normativa urbanística las disposiciones relativas a actividades insalubres, molestas  y peligrosas  y su régimen de licencias aplicable a las actividades exentas. Las actividades exentas son valoradas como de escasa incidencia en el medio ambiente y en la salud de las personas, quedando sometidas exclusivamente a la observancia de los requisitos que a tal efecto se especifiquen para evitar efectos molestos para colindantes. Es correcta la analogía de lo “cultual” a lo “cultural” en cuanto que ambas son actividades asociativas. Sin embargo aunque puedan tener poco impacto medioambiental es cierto que tienen un gran impacto simbólico y ahí es donde empiezan los problemas.

Aunque es obvio, quizá no sea ocioso recordar que las licencias de actividad son actos reglados en los que la Administración no puede hacer presunciones de incumplimiento, ni actuar discrecionalmente, ni hacer valoraciones de conveniencia u oportunidad, y mucho menos hacer presunciones de mala fe o juicios de valor sobre las religiones, sino exclusivamente ceñirse a las cuestiones urbanísticas y medioambientales que sean de aplicación, máxime cuando nos encontramos ante una actividad amparada por la Constitución.

Ante la falta de regulación detallada por parte de la Ley Orgánica de Libertad Religiosa  Cataluña ha legislado sobre la materia –la única Comunidad que lo ha hecho- con la ley 16/2009, de 22 de julio de los centros de culto que en su exposición de motivos declara que su finalidad no es otra que “apoyar a los alcaldes a la hora de facilitar el ejercicio de este derecho y velar por unas condiciones adecuadas.y proporcionadas a la actividad. en cuanto a la seguridad, la higiene y la dignidad de los locales de culto. También es una finalidad de la presente ley evitar posibles molestias a terceras personas.”

Quizá ha llegado el momento de que también el Congreso de los Diputados regule sobre la materia


Javier Otaola

es abogado y escritor.

Puedes reproducir este articulo, respetando nuestras condiciones de utilización. Este articulo esta registrado en Safe Creative

¿Te gusta OpinionDigital.es?

Micro donacion 2 Euros Donacion de importe libre
Obtener vista previa de la imagen Obtener vista previa de la imagen

Con tu aportación, por pequeña que sea, haces posible que mantengamos OpinionDigital.es en funcionamiento. También puedes anunciarte con nosotros. Consulta las opciones de publicidad en OpinionDigital.es


blog comments powered by Disqus

Nacional mas leidas
La Reforma constitucional. ¿Injerencia o necesidad?
Spanish Revolution: Censura en Facebook
La moraleja islandesa y la reforma del artículo 135 de la Constitución.
Felipe González, otro desertor en ciernes
Qué hacer con el Valle de los Caídos
Realidades paralelas: La de los que estuvimos en Sol y el cuento de los medios de comunicación.
Crónica de una prepotencia anunciada: el Sr. Rosell y sus recetas como Presidente de la CEOE.
Joderos cretinos, vendemos vuestros hospitales, escuelas y agua para enriquecer a nuestros amigos
Dadme suficiente gasolina y una caja de cerillas y cambiare el mundo
¿Censura en Canal 9?
Huelga general el 29 de marzo
Algo huele a podrido en el Constitucional
Los servicios publicos como garantes de la solidaridad democratica ante el terremoto de Lorca
Ante el desalojo de las acampadas: los manifestantes se organizan y hacen valer sus derechos.
Golpe a la libertad de expresion.
La masoneria denuncia el peligro del deterioro de los derechos civiles
Elena Valenciano se queda sin Blog
Plaza de Cataluña: Una flor frente a la Violencia.
Espadañas, Oratorios y Minaretes
Políticos de pacotilla



Buscar Noticias:
En todas las noticiasIn Nacional

Advanced Search
Buscar en Archivos:
Publicado en:
Publicado entre
and
Categorias:
todas las categorias
una o mas de las siguientes categorias (seleccione tantas como desee)
Internacional
Nacional
Economia
Ciencia
Cultura
Opinion
Relatos





Copyright © 2011 opiniondigital.es. Contacto - Pagina generada en: 0.06 segundo(s) Web TV. Publicidad. Editor: Miguel A. Garcia. ISSN: 2174-0801. Aviso Legal.