Hay infinidad de cosas en la política y en esta sociedad revuelta que son turbias de partida, y otras que asombran al pueblo profano por los retorcimientos leguleyos cada vez más intrincados.
Lo que hace que también las leyes se alejen cada vez más del común de los sentidos.
En este momento me refiero a las denuncias en materia de violencia sexual que se admiten a trámite y dan lugar a un proceso penal aunque hayan pasado años desde el hecho ahora denunciado. Esto sorprende y es otro motivo más de indignación. Sorprende e indigna, porque la ratio legis, la razón moral de la ley que ha de dar fundamento a todo precepto es en este caso un disparate de raíz al no entrar en juego la prescripción ni haber causa lógica que la interrumpa. Actualmente no ejerzo la abogacía y no estoy al corriente de casi nada que, en materia jurídica, no se le alcance al ciudadano corriente. Una manera como otra cualquiera de soslayar la deformación que conlleva toda especialidad. En todo caso prefiero la deformación antropológica por mis profundos estudios de antropología filosófica y social. Pero lo que si conozco bien son tanto los principios generales del Derecho en cuya virtud las leyes tienen -deben tener- un fundamento moral, como conceptos que son la esencia del ordenamiento jurídico. Y la prescripción y la caducidad lo son, y su razón de ser es intemporal. Claro que luego vemos que si en casos como éste que ahora me ocupa no rige -o rige desviadamente- la prescripción, en otros casos de malversación, de latrocinio o de ingeniería fraudulenta financiera de banqueros, de políticos y de gente de mal vivir, la prescripción, entonces, rige en esos casos rígidamente, para salirse los delincuentes de rositas. Justamente lo contrario de lo que debiera ser...
Según el marco de referencia, cualquiera, cualquier mujer (no tengo datos de hombres actuando del mismo modo) puede denunciar por violencia sexual o malos tratos al hombre con quien estuvo casada o eventualmente convivió, aunque hayan pasado muchos años desde el acto de presunta violencia. Así es que el legislador ha puesto en manos de una persona un arma poderosísima, la denuncia de este tipo de delitos (violación presunta o malos tratos presuntos), en cuya virtud puede arruinar, gratuita o estratégicamente, la vida profesional y/o personal de otra persona, como quien se guarda un as en la manga para sacarlo en el momento oportuno y dar el golpe en la partida...
A menudo, por los programas-basura televisivos sabemos de casos de mujeres desconocidas que tuvieron relación con un hombre más o menos popular, mutadas ipso facto a "personaje" famoso en los medios, precisamente mediante el facilón modo de denunciar en un plató presuntos malos tratos ocurridos supuestamente hace muchos años. Mujeres que luego, pasado los meses, incluso acuden al juzgado para denunciar por vía penal lo que hicieron público en televisión (incluso a veces los presentadores televisivos les inducen a ello). Y eso, que es muy grave por las consecuencias que se derivan con frecuencia para el denunciado, no sólo ocurre aquí. Todavía es más grave lo que le está sucediendo a Dominique Strauss-Kahn, el ex presidente del FMI (candidato por el partido socialista francés que ya no lo será por estos enredos, y que dice que hubo “consentimiento” en los sucesos en el hotel neoyorkino). Porque si puede admitirse lógicamente la denuncia de la mujer del hotel por presunta violación en dicho hotel, ahora vuelve a tener que hacer frente a otra denuncia por intento de violación. En este caso la denuncia es de una periodista francesa por hechos supuestamente ocurridos en ¡2003! Es decir, hace ¡ocho años!
Así es que la pregunta es ¿por qué no rige en estos casos la prescripción? ¿Cómo es que se puede destrozar tan fácilmente la vida de una persona, sin testigos o con testigos pagados o pruebas manipuladas? Es inaudito que cualquiera pueda someter a una persona al descrédito, a la cárcel o simplemente a juicio público (el proceso en sí mismo es una condena), sin comerlo ni beberlo, como se instruyen y juzgan los delitos por genocidio o de lesa humanidad que no prescriben. Es inadmisible, es una aberración que la ley permita juzgar, años después, hechos violentos que no estuvieren al menos basados en un parte facultativo que lleve la fecha del mismo día o el siguiente, o en la denuncia en iguales condiciones ante la policía o el juez.
Está visto que estas sociedades medio-democráticas hacen aguas por numerosas vías. Y ésta es otra. Que una mujer pueda denunciar a un hombre (o a la inversa), pasados los años, por venganza, por despecho, por dinero o, como en este caso, probablemente para apartar definitivamente de la carrera política a un candidato peligroso, es “demasiado”. Es una barbaridad que choca frontalmente con el principio de "seguridad jurídica" que existe en todo ordenamiento jurídico y que, por lo que veo, hace excepción en estos casos de presunta violencia sexual o malos tratos.
Y en el caso de la sociedad española, independientemente de la retórica en que se funde el preámbulo de la ley que permita o justifique esta "anomalía", su aplicación significaría que esta sociedad ha pasado de ser, de una primitiva y repulsiva sociedad machista a una infecta sociedad hembrista.
En resumen, a mi juicio, y dado el abuso social que se hace del recurso a la denuncia o querella en estos casos, la acción penal por violación entre adultos (que es actualmente de 15 años), debiera prescribir (como mucho) al año, y la acción penal por malos tratos entre cónyuges o adultos que conviven (que prescriben a los dos meses) debieran prescribir (por ejemplo) a las 72 horas".
En todo caso y ya que hablamos de plazos y de tiempo extintivo, ya vengo viendo desde hace muchos años -por lo menos diez- que la sociedad occidental en su conjunto, este país y la puñetera cuna de la democracia financiera, en lugar de avanzar en ponderación y racionalidad retrocede a pasos agigantados, va de mal en peor, está en descomposición, estallará pronto por los aires, o acabará rematadamente loca, si es que no lo está ya...
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