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¿Reforma de la Constitución?


Madrid, 25 de agosto de 2011, Yolanda Palomo. Redacción Opinión Digital.es, yolanda.palomo@opiniondigital.es

Ante el anuncio de reforma de la Constitución Española realizada por el Ejecutivo en estos días de agosto, no puedo dejar de reflexionar nuevamente sobre el papel que está jugando nuestra Carta Magna en este último periodo de Gobierno, en el que, constantemente, se soslayan sus normas de convivencia.

Y es que, estoy harta de ver como las políticas del Gobierno no tienen nada que ver con los mandatos constitucionales. Pongo una serie de ejemplos que pudieran ilustrar esta afirmación:

Artículo 128.1 de la Constitución "Toda la riqueza del país en sus distintas formas y sea cual fuere su titularidad está subordinada al interés general."

Pues nadie lo diría. Porque a la vista de las normas unilaterales dictadas por el Ejecutivo en este último año -avaladas a duras penas por el Parlamento- para reducir el déficit, más bien pareciese que el interés general (entendido éste como el interés del pueblo) está subordinado a los intereses de los mercados.

¿Qué otra cosa puedo pensar ante los siguientes decretazos que han supuesto el ahogo de los derechos de los trabajadores de este país, sin que ninguno de ellos haya significado un estímulo mínimo a la recuperación económica y creación de empleo?:

  • Real Decreto Ley 8/2010, de congelación de pensiones y recorte de retribuciones de los empleados públicos (médicos, profesores, enfermeras, entre otros muchos profesionales).
  • Real Decreto Ley 10/2010, de reforma del mercado de trabajo, donde, con el solo argumento de mejora de la empresa, se permite el despido de trabajadores, con una indemnización muy inferior -20 días por año- frente a los 45 días establecidos con carácter general, entre otros aspectos regresivos.
  • Real Decreto Ley 13/2010, por el que se privatizan parcialmente empresas públicas, y por tanto, patrimonio de todos los ciudadanos, como Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (AENA) y Loterías y Apuestas del Estado, cuyos ingresos garantizaban una importante fuente de financiación para el Estado, ahora trasladada al sector privado.
  • Real Decreto-ley 9/2011, de 19 de agosto, por el que se reduce hasta el 31 de diciembre de 2011 el IVA por la adquisición de una casa de nueva construcción del 8% al 4% y cuyos efectos, sin necesidad de hacer un ejercicio mental exhaustivo, solo puede beneficiar a los que más tienen ( que, por cierto, son los menos).

Reforma prevista para su aprobación el 26 de agosto de 2011, por la que se fomenta la temporalidad laboral mediante la suspensión provisional del artículo 15.5 del Estatuto de los Trabajadores y cuya consecuencia es que se pueden encadenar contratos temporales sin limitación en el tiempo. Asimismo, se aumenta la edad a 30 años para poder acceder a contratos de formación (Uffffff... a este paso nos llega la jubilación, en el mejor de los casos, “formándonos”)

Si esto es supeditar la riqueza nacional a los intereses generales, como manda la Constitución, que venga Dios y lo vea.

Y hablando de Dios, dicho con el máximo respeto, ahí van otros preceptos que se convierten en papel mojado a la vista de la amnesia que pudieran tener algunos poderes públicos:

  • Artículo 16.1 de la Constitución: “Se garantiza la libertad ideológica, religiosa y de culto de los individuos y las comunidades sin más limitación, en sus manifestaciones, que la necesaria para el mantenimiento del orden público protegido por la Ley”.
  • Artículo 16.3 de la Constitución: “Ninguna confesión tendrá carácter estatal. Los poderes públicos tendrán en cuenta las creencias religiosas de la sociedad española y mantendrán las consiguientes relaciones de cooperación con la Iglesia Católica y las demás confesiones”.

Pues vaya… yo pensaba que estábamos en un Estado Católico a la vista del despliegue, gestos, signos, pleitesías, alabanzas y demás carantoñas realizadas al Papa por parte de una gran parte de nuestros poderes públicos en las Jornadas Mundiales de la Juventud.

Y que conste que respeto profundamente las creencias religiosas de todo el mundo pero, precisamente por esto y porque lo mandata la Constitución Española, no me pareció nada adecuada ni correcta la puesta en escena realizada. Que Dios me perdone, aunque creo que él estaría de acuerdo conmigo.

Tras estos desajustes, donde la Constitución brilla por su ausencia, el Gobierno anuncia su reforma. Esta vez, sobre sus propios contenidos y con alcance formal. La cuestión planteada implica establecer constitucionalmente un límite de gasto. Una medida que, posiblemente, constriña al Estado de Bienestar, al mutilar un mecanismo de financiación que, bien utilizado, puediera ser motor e impulso de la economía, dependiendo del ciclo en el que ésta se encuentre.

Apelar a esta reforma constitucional, cuando no se ha afrontado la reforma de otras fuentes de financiación del Estado, como es el actual sistema impositivo que, entre otros aspectos, posibilita la ridícula tributación de las Sicav o que las rentas de capital tengan una presión fiscal mucho menor que las rentas del trabajo, es hacerla aún más invisible por debilitar posiblemente sus principios y valores, que no son otros que el Estado de Bienestar y el interés general. Y encima, sin consultar al pueblo.

Y, dicho esto, pongo el último artículo por hoy:

Artículo 9.1 de la Constitución: “Los ciudadanos y los poderes públicos están sujetos a la Constitución y al resto del ordenamiento jurídico”

Señores, tomen nota y observen nuestra norma básica de convivencia. El pueblo español así lo quiso cuando inició su apasionante andadura democrática en 1978. Hagamos visible y efectiva nuestra Constitución Española. Si no, estaremos dilapidando nuestra historia y la lucha de nuestros antepasados.

 

Mª Yolanda Palomo del Castillo

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