Hace un par de décadas pocos contemplaban una opción alternativa al matrimonio, a día de hoy, no obstante, el número de personas que ha dejado de creer en esta institución va en aumento.
De hecho, según un estudio elaborado por el Business Insider, en el que se presenta un mapa gráfico donde se muestran las tasas de divorcio de los diferentes países, España se sitúa como uno de los primeros en la lista, en el quinto puesto, con un 61% de rupturas de pareja.
Bélgica lidera la lista, con un 71% de divorcios, seguido de Portugal, Hungría y República Checa, todos ellos por encima del 65%. Se observa, por lo tanto, una tendencia al aumento de los divorcios en Europa. Estados Unidos y Rusia se acercan a esta tendencia, con un porcentaje de separaciones superior al 50%.
En cualquier caso, debemos recordar que los divorcios tan solo contemplan este tipo de unión según la tradicional institución del matrimonio cuando cada vez más parejas deciden unirse de un modo diferente.
Precisamente, el número de parejas de hecho se ha triplicado desde 2001 y hoy uno de cada siete hogares formados por parejas corresponden a una pareja de hecho y cuatro de cada diez nacimientos ocurren sin que los padres estén casados.
Por ello, conviene conocer las características de este tipo de unión que, muchas veces se confunde con el matrimonio cuando la regulación y normativa es muy diferente.
Qué ocurre con la Custodia de los Hijos en una Pareja de Hecho
Al tratarse de una institución relativamente nueva son muchas las dudas que encierra este tipo de unión, sin embargo, conviene informarse de las características de una Pareja de Hecho porque puede ser la institución más adecuada para una determinada pareja y, debido a desconocer, cómo hacerse pareja de hecho o lo que esto supone prefieren irse al sistema tradicional y casarse.
Muchas veces, lo mejor es acudir a profesionales que nos asesoren con todo lujo de detalles de nuestros derechos y obligaciones como Pareja de Hecho. En Tramites Faciles Santander, sus abogados especialistas pueden explicar con todo lujo de detalles lo que ocurre en caso de custodia compartida si somos una Pareja de Hecho.
A grandes rasgos, las uniones de parejas derecho no son lo mismo que un matrimonio, aunque muchos equivocadamente crean que sí. Se trata de dos instituciones completamente diferentes, si bien, comparten algunos puntos en común.
Como en el matrimonio, el objetivo es el de crear una comunidad de vida amplia, de interese y fines, un núcleo común de hogar.
En lo que difieren principalmente es que, en el caso de la pareja de hecho sus integrantes no quieren, en absoluto, contraer las consecuencias personales y patrimoniales que vienen con el matrimonio, así como las normas que lo rigen: la disolución, capitulaciones matrimoniales…Por lo que en términos legales nos encontramos ante dos instituciones significativamente diferentes.
Por otro lado, no existe una legislación de aplicación general en el ámbito nacional que regule las parejas de hecho. Se trata de una institución para la que solo en ciertas Comunidades Autónomas se han dictado normas que la regulen.
Por ello, si queremos constituirnos como Pareja de Hecho debemos informamos a nivel autonómico.
En cualquier caso, por lo general, las relaciones económicas entre los miembros de esas uniones están sujetas al principio de la autonomía de la voluntad (artículo 1255 del CC), pudiendo celebrar entre ellos los pactos que estimen oportunos para ordenar sus relaciones económicas, teniendo libertad a la hora de elegir entre las diferentes opciones (separación de bienes, comunidad de bienes ordinaria, régimen de participación, etc.).
Si bien, los pactos no pueden ser contrarios a las leyes, limitativos de la igualdad de derechos que corresponde a cada conviviente o gravemente perjudiciales para uno de ellos, porque en ese caso serán nulos y carecerán de validez.
Por otro lado, en caso de existir hijos menores de edad y producirse el cese de la convivencia, hay que acudir a procedimiento judicial de medidas paternofiliales para reglar los efectos que esta separación va a producir sobre los hijos.
En el sentido procesal, los criterios que se aplican son los mismos que para la separación o divorcio
Como en el caso de los matrimonios ese trámite puede hacerse de forma amistosa, mediante un procedimiento de mutuo acuerdo, donde serán los miembros de la pareja quienes aporten al Juez una propuesta de las medidas a acordar (convenio regulador), o bien, de forma contenciosa, siendo el juez quien declare las medidas.